California salvaguarda criptoactivos no reclamados con una innovadora legislación
El estado de California ha dado un paso significativo en la adaptación de su marco legal a la era digital, promulgando una ley que afecta directamente a los activos digitales no reclamados. La nueva normativa, conocida como Proyecto de Ley del Senado 822 (SB 822), reforma la actual Ley de Propiedad No Reclamada del estado para incluir de manera explícita las criptomonedas y otros activos financieros digitales. Esta iniciativa garantiza que los criptoactivos olvidados o inactivos sean transferidos a la custodia estatal en su forma original, eliminando la obligatoriedad de su liquidación inmediata.
La ley SB 822: un cambio crucial para los activos digitales
La SB 822, firmada por el gobernador Gavin Newsom el 11 de octubre, representa una modernización esencial. Antes de esta modificación, la normativa estatal exigía la conversión a moneda fiduciaria de cualquier propiedad financiera no reclamada, incluyendo las criptomonedas. Este proceso podía resultar en pérdidas significativas para los propietarios debido a la volatilidad inherente del mercado de criptoactivos.
La esencia de la SB 822 radica en su capacidad para permitir que el estado retenga los activos digitales en su forma nativa, es decir, como Bitcoin, Ethereum u otras criptomonedas, en lugar de forzar su venta por dólares. Esta disposición no solo protege el valor potencial de las tenencias digitales, sino que también alinea la legislación de California con las particularidades del ecosistema de las criptomonedas.
¿Cómo funciona la transferencia de criptomonedas no reclamadas?
La nueva ley establece un protocolo claro para la gestión de criptomonedas consideradas no reclamadas. Las plataformas de custodia de criptoactivos, como los exchanges centralizados, tienen la obligación de notificar a los propietarios cuando sus saldos permanecen inactivos por un período de tres años. Estas notificaciones deben emitirse entre seis y doce meses antes de que la transferencia de los activos a la custodia estatal se haga efectiva.
El objetivo principal es brindar al propietario tiempo suficiente para recuperar sus fondos antes de que pasen a manos del Controlador Estatal de California. El controlador asume la responsabilidad de recibir estos activos digitales en un plazo de 30 días, incluyendo las claves privadas necesarias para su gestión segura. Para garantizar la custodia adecuada, el Controlador está facultado para designar custodios licenciados que cumplan con criterios rigurosos de seguridad, cumplimiento regulatorio y eficacia en la reunificación de los propietarios con sus bienes.
Es importante destacar que, aunque los activos se reciben en su forma original, la ley contempla una ventana de tiempo específica. Si no se presenta un reclamo válido en un período de 18 a 20 meses posteriores al reporte inicial, el estado adquiere la opción de convertir los activos a moneda fiduciaria, basándose en el precio de mercado prevalente en ese momento. Esto proporciona un equilibrio entre la protección de la propiedad y la gestión eficiente de los activos por parte del estado.
Beneficios y perspectiva para el ecosistema cripto californiano
La promulgación de la SB 822 conlleva múltiples beneficios, tanto para los inversores como para la administración estatal. Para los inversores cripto en California, la ley ofrece una protección considerable contra la depreciación forzosa de sus activos. Al evitar la liquidación automática, los propietarios tienen la oportunidad de reclamar sus criptomonedas en su formato original, lo que preserva el potencial de apreciación a largo plazo. Esta claridad reduce la incertidumbre en torno a las cuentas inactivas y fomenta una mayor confianza en el entorno regulatorio de las criptomonedas en California.
Desde la perspectiva del gobierno estatal, esta ley representa una modernización estratégica. Al permitir la custodia de criptomonedas en su forma original, California mitiga los riesgos asociados con la volatilidad del mercado durante la fase inicial de almacenamiento. Además, esta medida posiciona al estado para beneficiarse potencialmente de la apreciación de estos activos si no son reclamados, lo que podría generar ingresos adicionales o reducir pasivos futuros.
La designación de custodios especializados también asegura el cumplimiento con las regulaciones federales y prácticas estándar de la industria, fortaleciendo la infraestructura estatal para manejar criptoactivos sin alterar drásticamente las normas existentes para otras propiedades no reclamadas. La adaptación de las leyes a la realidad digital subraya el compromiso de California con la innovación y la protección de los derechos de propiedad en el cambiante panorama financiero.
Reacciones de la industria y el futuro regulatorio
Figuras clave de la industria han celebrado la promulgación de la SB 822. Paul Grewal, director legal de Coinbase, expresó su gratitud y apoyo a través de redes sociales, destacando que la ley «detiene la liquidación de las inversiones en criptomonedas no reclamadas de los californianos sin su consentimiento». Grewal también aprovechó la oportunidad para instar a California a alinearse con otros estados de EE. UU. que protegen el derecho a realizar staking de criptomonedas a través de plataformas como Coinbase.
Esta reforma legislativa llega en un momento de creciente adopción de criptomonedas y un rápido avance tecnológico en California, un estado que se ha consolidado como un centro global para la innovación en Blockchain, inteligencia artificial y otras tecnologías emergentes. La capacidad del estado para modernizar sus leyes de propiedad y finanzas refleja su compromiso con la adaptación a las nuevas realidades económicas y tecnológicas.
La SB 822 se suma a otras iniciativas recientes del gobernador Newsom, como la firma de una ley pionera en EE. UU. que impone medidas de protección para el uso de chatbots de IA por menores de edad. Estos esfuerzos colectivos señalan una tendencia clara de California hacia la regulación proactiva y reflexiva en el ámbito digital, buscando equilibrar la innovación con la protección del consumidor y la estabilidad del mercado.